Muertes violentas de personas LGBTI+ en Ecuador informe 2022

En estos últimos veinte años, Ecuador avanzó considerablemente en el reconocimiento de los derechos de la población LGBTI; pero este avance ha sido únicamente legal, pues las vulneraciones de derechos a esta población no han disminuido, en respuesta a la discriminación estructural; la misma que se ancla en el sistema patriarcal-heterocisnormado, generando condiciones que permiten la justificación de la violencia hacia los colectivos de personas que con su diversidad rompen el molde de la “normalidad”.

Introducción

En Ecuador, hasta antes de noviembre de 1997, la homosexualidad estaba penada con pena privativa de libertad, lo que significaba también que las personas LGBTI y sobre todo las personas Trans sufrían persecución, violencia y muerte en manos de los miembros de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional. Esto se ve, en parte, reflejado en el Informe de la Comisión de la Verdad del Ecuador, publicado en el 2010, documento en el cual se desarrolló un apartado especial para víctimas de violencia LGBTI desde el Estado, denominado: “Homofobia y transfobia: violencia y discriminación contra el colectivo LGBTI en la década de 1990 y 2000”. (Justicia, 2010).
El litigio estratégico ha conseguido la despenalización y otros avances en el reconocimiento de los derechos de la población de la diversidad sexual y de género. Es así que, luego de un trabajo de litigio estratégico y presión por parte de la sociedad civil, el Tribunal Constitucional del Ecuador, en su resolución No.106-1- 97, suplemento R.O. 2013, del 27 de noviembre de 1997, decidió declarar la inconstitucionalidad del primer inciso del artículo 516 del Código Penal, que penalizaba la homosexualidad hasta por ocho años.

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