ECUADOR

La Fundación PAKTA creada el 11 de abril de 2017 y registrada en la Secretaría Nacional de Gestión de la Política bajo el Código RUOS No. 0000110968. Tiene como principal objetivo la promoción de derechos humanos de la población LGBTI en Ecuador a través de: su difusión, la incidencia para su reconocimiento, la generación de información y evidencia sobre el tema, la supervisión de su cumplimiento por parte del Estado y finalmente, la asesoría y representación jurídica en casos de vulneraciones de los derechos de las poblaciones de la diversidad sexual y de género, tanto en el sistema judicial nacional como en los sistemas internacionales de protección de derechos humanos.

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PERSONAS LGBTI HAN SIDO ASESINADAS EN ECUADOR ENTRE 2014 Y 2023
AVANCES LEGALES Y NORMATIVOS EN ECUADOR
                     
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1997

Demanda contra el artículo 516

El 24 de septiembre de 1997 se presentó la demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 516, que quedó registrado como Caso 111/97/TC, en el Tribunal Constitucional junto con 1400 firmas de apoyo (400 más de las requeridas).


1998

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ECUADOR

Entra en vigencia la Constitución Política del Ecuador, donde por primera vez se prohíbe la discriminación en razón de la orientación sexual.


2007

ORDENANZA 240

Quito, capital del Ecuador, aprobó la ordenanza 240 en contra de la discriminación de las personas pertenecientes a la diversidad sexual, lo que convirtió a Quito en la primera ciudad en el país en aprobar una normativa a favor de las poblaciones LGBT.


2017

SENTENCIA EN EL CASO 0288-12-EP

La Corte Constitucional emitió la sentencia en el Caso 0288-12-EP a favor de Bruno Paolo Calderón, un hombre transgénero que demandó al Estado para que reconozca su sexo como masculino. En el dictamen, la Corte Constitucional resolvió que tanto la cédula de identidad como la partida de nacimiento de Calderón debían ser cambiadas para mostrar su sexo como masculino y pidió a la Asamblea Nacional que enmendara la ley para facilitar casos futuros.


2018

SENTENCIA CASO 1692-12-EP

La Corte Constitucional emitió la sentencia en el Caso 1692-12-EP, a favor de Satya, una niña hija de una pareja de mujeres a quienes el Registro Civil había impedido ser registradas como sus madres. En el dictamen, la Corte ordenó al Registro Civil inscribir a Satya con los apellidos de sus madres, además de disponer que en el futuro toda niña o niño concebido por medio de métodos de reproducción asistida tendría que ser inscrito sin importar que provenga de un hogar heterosexual u homoparental. Pakta se inició el litigio por la identidad de género auto percibida de la niñez trans a través del caso Amada, también en aplicación de la Opinión Consultiva 24/17, siendo el primer caso del país en ser conocido y llevado a cortes para su exigibilidad. Si bien el caso de Amada aún no se resuelve, su repercusión social ha sido importante para la reflexión y visibilidad de la niñez trans y sus círculos familiares.


1997

NOVIEMBRE DE 1997

El 25 de noviembre de 1997, el Tribunal Constitucional emitió su dictamen en el caso por unanimidad. El mismo declaró inconstitucional el primer inciso del artículo 516 del Código Penal y de este modo despenalizó la homosexualidad en Ecuador. La decisión fue publicada en el Registro Oficial dos días después. A pesar de haber dado la razón a los demandantes, el Tribunal incluyó un discurso homofóbico en el dictamen al calificar a la homosexualidad como «disfunción» y «conducta anormal» y aseverar que «la protección de la familia y de los menores» exigían que no fuera «una conducta socialmente exaltable».


2008

CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR

Entra en vigencia la Constitución del Ecuador, en la cual se considera como categoría sospechosa de discriminación la orientación sexual y la identidad de género; además de reconocer a la familia en sus diversos tipos y legalizar de las uniones de hecho para parejas del mismo sexo. Además de establecer la obligación del Ecuador de establecer un procedimiento especial y expedito para la tramitación de los delitos de odio.


2003

PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

El presidente Gustavo Noboa implementó durante su gobierno (2000-2003) el Plan Nacional de Derechos Humanos, en el que se reconoció por primera vez a las poblaciones LGBT como actores sociales.


2014

CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

Entra en vigencia el Código Orgánico Integral Penal que tipifica por los delitos de odio y discriminación en razón de la orientación sexual o identidad de género. El Registro Civil emite una resolución en la que permite que se registren las Uniones de Hecho en la cedula y estas se reflejen en el documento de identidad en el campo de estado civil.


2019

MATRIMONIO IGUALITARIO

El 12 de junio de 2019 se emitieron las sentencias en los dos casos de solicitud de reconocimiento del matrimonio igualitario. La primera estuvo a cargo del juez Ramiro Ávila Santamaría y determinó que la Opinión Consultiva OC17-24 era vinculante para Ecuador, además de aclarar que no hacía falta una reforma constitucional para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, pues la definición de matrimonio como unión entre un hombre y una mujer presente en la constitución se complementaba con la de matrimonio entre personas del mismo sexo, que se garantizaba a través de la Opinión Consultiva y de varios artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos. La segunda sentencia estuvo a cargo del juez Alí Lozada y declaró inconstitucionales los artículos del Código Civil y de la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles que hacían referencia al concepto de matrimonio como unión entre hombre y mujer y a la finalidad de procreación del mismo, sustituyendo la definición por: «matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntas y auxiliarse mutuamente». Las sentencias entraron en vigencia el 8 de julio de 2019 con su publicación en el Registro Oficial, con lo que el matrimonio entre personas del mismo sexo quedó legalizado en Ecuador.


2021

SUBSECRETARÍA DE DIVERSIDADES

El 28 de junio de 2021, se creó la Subsecretaría de Diversidades, que se convirtió en la primera entidad pública ecuatoriana creada con el objetivo exclusivo de atender los problemas de las poblaciones LGBT del país. El 13 de julio, la Asamblea Nacional ratificó con 126 votos a favor y 0 en contra la Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia, que fue el primer documento regional vinculante en que se reconoció de forma explícita como motivos de discriminación a la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género.


ACCIONES

-> Desde su creación, la Fundación PAKTA, ha atendido 300 casos de asesoría y ha patrocinado aproximadamente 60 casos de vulneración de derechos a población LGBTI.
-> Realizamos los Informes de la situación de derechos de la población LGBTIQ+ junto con Fundación ecuatoriana “Equidad” en los años (2014 y 2015) Organización “Sendas” (2016, 2018, 2019, 2020 y 2021).
-> Bajo la articulación nacional y regional la Fundación Pakta se ha convertido en un espacio referente desde lo jurídico en Ecuador respecto a la exigibilidad de los derechos de la población LGBTIQ+. Este tejido de redes ha permitido que se puedan redactar varios informes sobre la condición de los derechos humanos en Ecuador en alianza con el proyecto Adelante con la Diversidad y Sendas.
-> En el plano de la Justicia Transicional, miembros de lo que hoy es Fundación Pakta iniciaron juntamente con otras organizaciones de la sociedad civil +, la petición para la reparación colectiva de la población LGBTIQ+ en aplicación del Informe de la Comisión de la Verdad del Ecuador (2012) en el marco de la Ley de Reparación de Víctimas aprobada por la Asamblea Nacional en 2013. Si bien hasta el momento no existe una decisión por parte de la Defensoría del Pueblo (instancia competente para las reparaciones), desde la Fundación Pakta se ha venido insistiendo en la tramitación de este pedido. Este es proceso es uno de los primeros que ha realizado la población LGBTIQ+ en América Latina en el marco de la población LGBTIQ+, ya que este sector ha sido invisibilizado como víctima de la violencia estatal.
-> En casos de litigio estratégico la Fundación PAKTA ha llevado a cabo procesos de litigio estratégico como el del reconocimiento del Matrimonio Civil Igualitario y el caso Amada para el reconocimiento de la niñez trans. Pero ha participado en varios procesos de exigencia de derechos, como seguimiento de otras sentencias, presentación de amicus curie, y exigencia de cumplimento de obligaciones estatales a carteras de estado.
-> Ante instancias internacionales con las alianzas con la Red de Litigantes LGBTI de las Américas se han realizado informes sombre ante el Comité DESC y al EPU; también se logró una audiencia temática ante la CIDH en 2022 y se ha aportado en diversos informes regionales presentados ante relatores especiales de NNUU y a la Corte Penal Internacional.

RECONOCIMIENTOS

-> Reconocimiento al trabajo por la diversidad de las mujeres de la Oficina de Mujer y Género de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

-> Galardón a mejor institución privada y activista del año en la Gala por la No Homofobia de la Mesa LGBT de Bogotá 2006 y 2009.

-> Ejemplo de Buenas Prácticas de la Conferencia de Derechos Humanos de los Outgames Copenhagen.

-> Premio Felipa de Souza del International Gay and Lesbian Human Rights Commission (IGLHRC).